El acta constitutiva es uno de los requisitos necesarios para la formación de un proyecto de emprendimiento, es decir, la creación de una empresa.

En otras palabras, se trata de un documento elevado a escritura pública para surtir efectos ante terceros, y es obligatorio, toda vez que constituye la base legal de cualquier empresa o asociación, ya sea de carácter civil o mercantil.

Para tener la total validez del acta constitutiva, se debe acudir ante un notario público, quien en ejercicio de sus funciones y de la fe pública que posee, le dará validez y constitución legal necesaria, a la que se le denomina protocolización.

En el acta constitutiva se estipula la razón social, comúnmente identificada como “el nombre”, el objetivo o giro, tipo de empresa, la forma en que será administrada y control de la misma, la cual por lo general es a través de la asamblea; quiénes la conforman, el valor de las acciones, capital con el que iniciará. En la mayoría de los casos, en este mismo instrumento, se otorga el poder notarial para el representante legal.


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